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Admitir que bebió al volante no es suficiente para condenar a un conductor

efe

Reconocer haber bebido alcohol ante una patrulla de la Policía Local no es prueba suficiente para condenar a un conductor -que se negó a someterse a la de alcoholemia- por un delito contra la seguridad vial, según una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia. La sentencia señala que en el caso que ha examinado "hay importantes carencias" probatorias, ya que por la actitud del denunciado, al oponerse a que se le practicara la prueba de control de ingesta de alcohol, se desconoce si la tasa superaba la permitida. El tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Abdón Díaz, presidente de la sección segunda de la Audiencia Provincial, anula la sentencia dictada por un juzgado de lo penal de Lorca que en octubre de 2011 condenó a este conductor, que tenía antecedentes por el mismo delito. El juzgado lo condenó al pago de una multa por un delito contra la seguridad vial por ir al volante bajo la influencia del alcohol.

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