La Audiencia Provincial de Murcia ha dictado una sentencia en la que condena al Banco Español de Crédito S.A., Banesto, a devolver 93.000 euros a la empresa lorquina Autocares Gómez S.A., cuyo abogado es Carlos Arnau, delegado de Ausbanc, al dar por probado que la entidad financiera no informó correctamente al cliente del tipo de producto que le estaba vendiendo, en este caso una permuta financiera de alto riesgo.

En la resolución, de la que ha sido ponente el presidente de la Audiencia Provincial, Andrés Pacheco, se condena a Banesto rechazando su recurso de apelación y confirmando la sentencia dictada por un juzgado de Lorca, que ya establecía la pena para la entidad financiera. Esa sentencia de Lorca fue la primera que se dictó en la Región condenando a un banco por una permuta financiera.

En este caso, la Audiencia condena a Banesto por dos permutas firmadas una en 2004 y la otra en 2006. Y es que el tribunal entiende que la firma del segundo convenio «fue una consecuencia del primero», porque cuando el afectado se puso en contacto con el banco para pedirle explicaciones por sus pérdidas de dinero con el producto que le habían vendido anteriormente, «el director de Asuntos de Empresa de Banesto en la Región de Murcia le aconsejó que se podía reestructurar» y que según la Sala este segundo contrato «nace a partir de la desinformación que tenía cuando suscribió el primero en 2004 y en la confianza de que era la solución a las pérdidas económicas generadas por el primero».

La Sala explica que el vendedor que le ofreció al empresario lorquino firmar el primer contrato de permuta de riesgo o swap «acudió a sus oficinas ofreciéndole el producto como si fuera un seguro, diciéndole que no le iba a perjudicar y no le iba a costar dinero».

Añade el tribunal que «la complejidad del producto ofrecido exigía una información adicional a la que figura en el contrato, pues de la simple lectura del mismo no estimamos que una persona ajena al mundo financiero pueda entender claramente los riesgos inherentes al producto, de manera que era necesario que se les explicasen de forma clara y no se acredita que Banesto diera esta información, considerada esencial para dar por válido el contrato». En cuanto a los riesgos del producto, la Sala añade que «incluir la leyenda ´aviso importante´ no es suficiente para ser consciente de los mismos». Al invalidar los dos contratos, la Audiencia ordena a Banesto el pago del dinero perdido con la permuta por el empresario lorquino y a abonar las costas procesales.