La entrada en vigor mañana de la Ley de Acceso a la Abogacía, que exige a los futuros letrados un curso especializado y un examen para colegiarse, está provocando un fuerte incremento de altas en los Colegios de Abogados de la Región, tanto de licenciados nacionales como extranjeros. La nueva normativa exigirá a los licenciados en Derecho que realicen un máster y superen un examen de acceso para colegiarse, cuando, hasta la fecha, únicamente debían pagar una tasa y darse de alta como autónomos para trabajar como abogados o procuradores.

La fiebre de colegiaciones ha provocado que en los últimos meses, los Colegios de Abogados hayan visto multiplicarse las inscripciones, tanto de letrados ejercientes como de no ejercientes. En el Colegio de Abogados de Murcia, en 2011 -datos recabados hasta septiembre- se habían inscrito 288 letrados (de los que son ejercientes 186 y no ejercientes 102), frente a los 133 que se colegiaron en el mismo periodo del año pasado, de los que solo 26 eran no ejercientes, según indica el oficial letrado del Colegio, Juan Carlos Mármol. Las estadísticas indican que las colegiaciones se han duplicado, sobre todo las de no ejercientes, que se han disparado.

El aluvión de inscripciones se ha multiplicado en las últimas semanas, por lo que se espera que a final de este año, la cifra de 326 abogados colegiados que se registró en 2010 llegue a triplicarse. Lo mismo ocurre en el Colegio de Abogados de Cartagena, en el que las inscripciones se han duplicado superando el centenar, una cifra muy elevada para el volumen de colegiaciones que suelen registrar.

El incremento de altas se está produciendo ante la inminente aplicación de la nueva ley, pese a que la normativa deja la puerta abierta a quienes estén ya en posesión del título de licenciado o graduado, que tienen aún de plazo hasta 2013 para colegiarse sin tener que cumplir los nuevos requisitos que exige la Ley de Acceso.

El elevado precio de las tasas que hay que abonar para colegiarse, unos 600 euros de media más cuotas mensuales o trimestrales, no ha disuadido a decenas de jóvenes que concluyeron sus estudios el pasado curso a inscribirse en los colegios de Murcia, Cartagena y Lorca.

Pero hay un dato destacable. Del aluvión de colegiaciones en la Región, un elevado porcentaje corresponde a licenciados en Derecho extranjeros. En el Colegio de Abogados confirman que cuentan con muchas inscripciones de personas de fuera de España, principalmente, italianos. La motivación de los extranjeros para inscribirse en los colegios españoles y murcianos es que, hasta la entrada en vigor de la nueva Ley, el trámite para colegiarse en España es sencillo: cualquier abogado -independientemente de su nacionalidad- puede solicitar la homologación de sus estudios de Derecho y, tras superar ese trámite, darse de alta como profesional ejerciente o no ejerciente. Y es que, en la mayoría de países de la Unión Europea, los licenciados en Derecho estaban obligados a complementar sus estudios con un máster, como ocurrirá en España.

Precisamente la complejidad y el coste que añade la Ley de Acceso a la Abogacía no ha contentado a la mayoría de estudiantes de Derecho.

Los foros de los estudiantes recogen la mayoritaria opinión de que el máster «discrimina a los alumnos de la licenciatura en Derecho, que tras cinco cursos van a tener que estudiar dos años más», igual que los del nuevo grado en Derecho, cuya duración es de cuatro años. Los impulsores de la ley, sin embargo, sostienen que «tendremos abogados mejor formados, y habrá más equidad en el acceso a la profesión, pues el máster y el examen es igual para todos». La nueva norma también ha generado suspicacias entre el sector de la abogacía. Los abogados han defendido siempre que las prácticas que debían realizar los alumnos después de cursar el grado de Derecho, el máster de especialización y aprobar el examen, tenían que ser supervisadas por los abogados y no por los catedráticos. La norma establece que este periodo «debe desarrollarse total o parcialmente en alguna de las siguientes instituciones: juzgados o tribunales, sociedades o despachos profesionales, departamentos jurídicos o de recursos humanos de las Administraciones públicas, instituciones oficiales o empresas».

Asimismo, se abre la posibilidad de hacerlas en establecimientos policiales, centros penitenciarios, servicios sociales o sanitarios. «En cualquier caso, deberán ser tuteladas por un equipo de profesionales, al frente de los cuales deberá designarse a abogados o procuradores que hayan ejercido la profesión durante al menos cinco años», según reza el texto, y los tutores deberán redactar semestralmente una memoria.

Uno de los mayores puntos de discordia de la norma, que ha mantenido enfrentados a profesores y abogados en los últimos meses, ha sido el número de profesionales de uno y otro sector que impartirán los cursos de práctica jurídica. En este sentido, el reglamento de la Ley establece unos porcentajes que equilibran el personal docente, de modo que cada colectivo aportará un porcentaje que no será inferior al 40 por ciento ni superior al 70 por ciento.