Las juezas ya pueden beneficiarse de la reducción de jornada cuando tengan hijos, gracias al nuevo Reglamento de la Carrera Judicial que acaba de entrar en vigor. Hasta ahora, este beneficio no se contemplaba en la normativa que regulaba las condiciones laborales de jueces y magistrados, y que ha permanecido vigente desde 1995 hasta hace unos días, aunque fue parcialmente modificado en 2003.

«El objetivo del nuevo Reglamento es adecuarlo a la realidad social de nuestros días» y se ha elaborado tras un «amplio y democrático» debate entre los miembros de la Carrera Judicial, como explica un portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El nuevo texto incorpora importantes cambios para mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar de jueces y magistrados. En uno de los títulos nuevos, el Reglamento regula los procedimientos para la jubilación, detallando el trámite a seguir para pedir la jubilación por edad, forzosa o voluntaria y por incapacidad permanente para el desempeño de la función judicial.

La normativa regula las diversas modalidades de excedencia voluntaria e introduce importantes novedades en la regulación de las licencias y permisos; como la medida de reducir la jornada de los jueces que aunque estén enfermos, puedan desarrollar a tiempo parcial su trabajo, o la de reducción de jornada a las juezas que sean madres. Un punto muy novedoso en este apartado es el de la inclusión de aspectos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

Una de las reformas más esperadas por los magistrados es la que les permite –por primera vez en la historia– pedir un procedimiento de amparo cuando «se consideren perturbados o inquietados en su independencia judicial», indican desde el CGPJ.

Además, la reforma de la normativa potencia la especialización de los magistrados, introduciendo un proceso en los ámbitos Civil y Penal en el que prevalece la valoración de los méritos precedentes y la capacidad de análisis y resolución de problemas.

En cuanto a los jueces contra los que se haya dictado un auto de apertura de juicio oral o procesamiento, prisión provisional o libertad bajo fianza, por presuntos delitos cometidos al ejercer sus funciones, el Reglamento concreta que se les suspenderá provisionalmente de sus funciones en la judicatura.