La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a tres años, cuatro meses y quince días de cárcel a un hombre que durante años abusó de su hija desde que esta tenía sólo cuatro años, a la que deberá indemnizar con 60.000 euros por los daños morales que sufrió.

La sentencia señala que los abusos comenzaron en 2003, «cuando el procesado decidió convertir a su hija en objeto de satisfacción de sus apetencias sexuales, y la menor se vio sometida a su voluntad, incapaz de ofrecer resistencia alguna y que aceptó la situación no sólo por su edad, sino también por la autoridad que le inspiraba la figura paterna».

Estos comportamientos, añade la Audiencia, continuaron tras la separación matrimonial del acusado de su esposa, tras lo que el padre «aprovechó entonces las mayores facilidades que le proporcionaba la nueva situación con ocasión del ejercicio del derecho de visitas».

Los hechos fueron descubiertos por la madre de la pequeña cuando ésta le dijo que «no quería irse con su padre porque no la trataba como a una hija y que se acostaba con ella y la tocaba».

«Como consecuencia de estos hechos -añade la Audiencia- la niña presenta secuelas psicológicas, como pensamientos intrusivos, conductas de evitación, sentimientos de culpabilidad, percepción del mundo como peligroso, vulnerabilidad personal y baja autoestima y miedo».

Además de la pena de cárcel, la Audiencia ha impuesto al acusado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de su hija «durante un periodo que excederá en cinco años la pena de prisión impuesta», y lo priva también del ejercicio de la patria potestad durante cinco años.

Rebaja de pena tras pegar a su novia

La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado de seis meses de prisión a una multa de un mes la condena a un hombre, al que su pareja sentimental denunció por haberla agredido, tras comunicarle ella que no quería seguir con la relación sentimental que mantenían. No se ha demostrado que la agresión fuera consecuencia de una situación de dominio del hombre sobre la mujer, señala el tribunal. El juez de lo Penal declaró como hechos probados que en diciembre de 2006 el denunciado «discutió con su pareja, a la que cogió fuertemente del cuello y la soltó al ver a un hombre».