Un arquitecto y la empresa promotora de la venta de siete plazas de aparcamiento en un edificio ubicado en Murcia deberán indemnizar a los compradores con el doble del valor de mercado de la misma, según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.

La sentencia, que desestima el recurso presentado por el arquitecto contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia que en julio de 2009 lo condenó junto a la empresa "Famipu, S.L.", confirma también la obligación de indemnizar a la comunidad de propietarios con 724 euros como honorarios de los peritos que hicieron un informe sobre el estado de estas plazas de garaje.

Dice la sala, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, que los aparcamientos vendidos presentan problemas de acceso y exigen para ocuparlos "unas maniobras enormemente dificultosas, llegando a convertirse estos lugares de estacionamiento en inútiles para su normal destino, cual es el propio aparcamiento de un vehículo de cuatro ruedas".

"No se entregó, dice la Audiencia Provincial, aquello que constituía el objeto del negocio, de ahí que aflore un claro incumplimiento contractual por parte de la empresa vendedora y de ahí que nazca solidariamente la responsabilidad del arquirtecto de la obra", cuyo nombre no ha sido revelado.

Para el tribunal, no se puede discutir el daño moral causado a los compradores, "al afectar a un elemento de capital importancia en la actualidad, cual es la posibilidad de aparcar un automóvil en los sótanos del edificio en el que se desenvuelve la vida de las personas".

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Audiencia, Andrés Pacheco, dice que "merece poco comentario" un alegato recogido en el recurso en el que se afirma que las plazas vendidas pueden servir para estacionar motocicletas o para trasteros, "todo ello, bien distinto a los que los demandados adquirieron junto con sus viviendas".