Los directores de colegios e institutos de la Región podrán expulsar de inmediato hasta cinco días, sin necesidad de abrir un expediente, a los escolares que incumplan las normas de convivencia de los centros, como no respetar a sus profesores o ser indisciplinados. Así se recoge en el proyecto de decreto sobre deberes y derechos de los alumnos que ha elaborado la consejería de Educación y Cultura y que entrará en vigor antes de fin de año. Actualmente, este tipo de conductas, que son equiparables con las faltas leves, están castigadas con un máximo de tres días de suspensión de asistencia a clase y a veces pueden pasar varias semanas e incluso meses hasta que se aplica la sanción, que debe ser aprobada con el consejo escolar.

El secretario sectorial de Educación, Luis Navarro, explica que "se trata de que no transcurran dos o más meses desde que se comete la falta hasta que se impone la sanción", a la vez que destaca que durante "el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes y trabajos que determine el profesor que le imparte docencia para evitar la interrupción del proceso formativo".

Las conductas contrarias a las normas de convivencia del centro también podrán ser castigadas o corregidas con otro tipo de medidas: privación del tiempo de recreo, realización de tareas educadoras para el alumno, dentro y fuera del horario lectivo, cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días o suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un máximo de cinco días. En este último caso, el escolar deberá estar en el centro docente realizando los trabajos académicos que le encomiende el profesorado.

El decreto por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes incluirá un capítulo sobre las conductas gravemente perjudiciales, como agresiones físicas o morales, amenazas, vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, y falsificación de documentos. Las sanciones serán impuestas por el director, quien deberá instruir previamente un expediente sancionador. Las medidas más drásticas serán el cambio de centro y la suspensión de asistencia a clase durante un periodo comprendido entre 16 y 30 días lectivos. Otras sanciones serán la realización durante un máximo de 15 días de tareas educadoras para el alumno, dentro y fuera del horario lectivo, o dirigidas a "reparar el daño causado a las instalaciones, al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa". También se podrá cambiar al estudiante de grupo durante un máximo de 16 días o suspenderle temporalmente el derecho a participar en las actividades extraescolares del centro.

El expediente se deberá incoar en un plazo máximo de siete días desde el conocimiento de los hechos y la resolución deberá notificarse en un máximo de treinta días desde la fecha de inicio. El proyecto de decreto deberá ser visto por el pleno del Consejo Escolar y aprobado en Consejo de Gobierno, además de someterse al dictamen del Consejo Jurídico.

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