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Los Canales

Encuentran indicios de fraccionamiento ilegal en los contratos para construir las piscinas

La Intervención del Estado detalla en un informe que tampoco hay datos que expliquen por qué costó el doble de lo presupuestado

Parque de Tentegorra, ubicado en Cartagena.

Parque de Tentegorra, ubicado en Cartagena. / Iván Urquízar

El juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena ha recibido ya el informe de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en relación a los contratos de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla investigados por la Policía Nacional.

Cabe recordar que tras recibir un informe del Grupo II de Delincuencia Económica y Tecnológica de la Comisaría de Cartagena de 2021 que segura que la construcción de las piscinas costó a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla el doble de lo que señalaba el proyecto que se hizo para su ejecución, el juez reclamó al organismo estatal que analizara estos contratos.

En las conclusiones de la IGAE, a las que ha tenido acceso esta redacción, se recoge que se produjo un fraccionamiento indebido del objeto del contrato con el resultado de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad y los relativos al procedimiento de adjudicación que resultaban de aplicación.

En la documentación analizada se encuentra el proyecto de obras para la construcción de la zona de las recreativas, que fue elaborado por una mercantil, pero que sin embargo tiene un objeto equivalente al de doce contratos menores de obras.

El importe total de los doce contratos menores de obras analizados en dicho apartado ascendió a 570.675,35 euros, sin impuestos, «lo que supone un importe significativamente superior al establecido en el proyecto de obra, que era de 250.275 euros, sin que consten en la documentación que forma parte de los expedientes de dichos contratos menores ni en el resto de documentación remitida las razones que puedan explicar la diferencia entre esos dos importes, y sin que en dichos expedientes conste tampoco documentación que permita determinar cómo se establecieron los importes incluidos en los presupuestos de dichos contratos menores de obras».

13 contratos analizados

De los trece contratos analizados, doce son contratos menores de obras y uno es un contrato menor de servicios para la elaboración de las medidas de seguridad y salud de las obras a realizar en la zona de piscinas de Los Canales. Según la normativa, se consideran contratos menores los que tienen un importe inferior a 50.000 euros en el caso de las obras. En este caso los doce contratos menores de obras tenían un importe individual cercano a este límite.

La IGAE afirma que tras estudiar la documentación se desprende que todos los contratos menores se ejecutaron en una misma ubicación física y tenían por objeto satisfacer una misma necesidad, en este caso la construcción de una zona de piscinas de carácter recreativo e infantil en el Parque Rafael de la Cerda en Tentegorra, «teniendo todos ellos una misma finalidad y siendo las prestaciones objeto de dichos contratos menores elementos inseparables para la consecución de la finalidad común que se pretendía lograr con la celebración de dichos contratos».

No se investiga a la Mancomunidad: la responsabilidad sería del entonces director y de un funcionario

En consecuencia, aseguran que las prestaciones objeto de los contratos menores de obras unidas por un mismo vínculo operativo, constituyendo una unidad operativa, por lo que su contratación debió realizarse de forma conjunta a través de un único contrato por el importe total de las prestaciones y no a través de varios contratos menores.

«Se produjo un fraccionamiento indebido del objeto del contrato», dictaminan.

Asimismo, desde la Intervención del Estado resaltan que todos los contratos menores se adjudicaron y ejecutaron en fechas muy próximas entre sí, a lo que debe añadirse que «la necesidad de acometer las prestaciones objeto de todos los contratos menores existía ya en el momento en que se adjudicaron los primeros, por lo que no cabe entender que la adjudicación de los sucesivos se debiera a la aparición de necesidades sobrevenidas no existentes desde el momento inicial».

Es pertinente aclarar que la Mancomunidad de Los Canales del Taibilla no se encuentra investigada por estos hechos, ya que presuntamente la responsabilidad sería del por el entonces director y un funcionario del organismo.

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