Absuelven al acusado de impedir a un usuario acceder al camping del Portús en Cartagena

La sentencia recoge que la empresa le había avisado de que no podría acceder debido a las obras de mejora que están realizando

Panorámica del camping de El Portús

Panorámica del camping de El Portús / Iván Urquízar

 La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado de Instrucción que absolvió al acusado de un delito de coacciones por impedir el acceso de un usuario al complejo de El Portús, en Cartagena.

La sentencia señala que un tribunal superior al que dictó la resolución absolutoria recurrida no puede revocarla si la misma no resulta ilógica o arbitraria o ajena a las máximas de la experiencia.

El juzgado declaró probado que el denunciante, en octubre de 2024, no pudo acceder al lugar con su vehículo a motor debido a la prohibición establecida por la empresa Complejo Náutico El Portús, S.A., que había cerrado las instalaciones para hacer unas obras de mejora, que finalizarán próximamente y el camping reabrirá sus puertas de nuevo este verano cuando hayan concluido las mismas.

Asimismo, recogen que esa mercantil ya había preavisado al denunciante en noviembre de 2023 no solo de esa circunstancia, sino, también, de su voluntad de no renovar el contrato por el que se le permitía el uso temporal de las instalaciones.

La Audiencia, al confirmar la sentencia absolutoria, indica que la decisión de impedirle el acceso no fue del acusado, sino de la citada empresa.

Muchos son los pleitos judiciales que comenzaron los residentes en el camping contra la propiedad cuando esta situación se tensó en noviembre del año 2023 al comunicar la empresa que debía aplicar el decreto que regula los alojamientos turísticos en la Región y fija en un máximo de 12 meses continuados la estancia en estas instalaciones, cuando en el Portús había propietarios viviendo allí décadas.

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