El Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa podrá entrar en una vivienda militar ubicada en Cartagena para recuperar la posesión de la misma y conseguir que la abandone su ocupante, que hasta ahora se ha negado a ello alegando razones de edad y de salud.

Así lo dispone la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) que respalda el auto dictado por un juzgado de la ciudad portuaria en marzo pasado.

El juez autorizó entonces la ejecución forzosa de la resolución de dicho organismo, tendente a recuperar la posesión al haber fallecido la persona que tenía derecho a su uso en 2019 y no ostentar el reclamante derecho alguno para permanecer en la misma.

En su recurso, que no ha prosperado, el ocupante de ese domicilio alegó su avanzada edad (72 años) y que estaba enfermo, sin tener a ningún familiar residente en Cartagena, además de que sus escasos recursos económicos le impedían alquilar otra casa.

Ahora, el TSJRM ha desestimado su recurso al rechazar todas las alegaciones hechas constar en el mismo, entre las que figuraban igualmente que el auto apelado estaba falto de motivación y que el organismo que había instado el desahucio no había aportado el informe de vulnerabilidad que consideraba necesario.