La sección quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, ha desestimado el recurso de un condenado por un juzgado de instrucción a una multa de 180 euros por llevarse una silla de ruedas en un centro de salud.

La sentencia declaró probado que el 17 de febrero de 2020 pidió al vigilante del consultorio que le dejara una silla para trasladar a una menor impedida y se la llevó para no volver, por lo que fue condenado también a indemnizar al Servicio Murciano de Salud con su valor, 60 euros.

Al rechazar el recurso, el tribunal señala que el vigilante fue muy claro al exponer lo ocurrido y el acusado no acudió al juicio, donde pudo haber comparecido para dar explicaciones.

Las alegaciones "están huérfanas de todo soporte probatorio", añade.