La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre que fue condenado por un juzgado de instrucción de Cartagena a pagar una multa de 150 euros por amenazar a otro con azuzarle un perro peligroso en el transcurso de la conversación que mantuvieron sobre la compraventa de una furgoneta.

El juzgado recogió en el relato de hechos probados que a mediados de febrero de 2018 el denunciante fue a casa del acusado para hablar sobre una furgoneta que había comprado a este último.

Fue entonces cuando este le amenazó con soltar un perro de raza pitbull, además de comentar que incluso estaría dispuesto a coger una pistola.

La sentencia añadía que en un momento posterior, el denunciado le envió un mensaje en el que le comunicaba que podía subir a su casa, que allí lo esperaría.

Tras ser condenado como autor de un delito leve de amenazas, el acusado apeló la sentencia ante la Audiencia Provincial de Murcia, donde alegó que el juzgado había incurrido en un error al valorar las pruebas aportadas al juicio.

Al desestimar el recurso, el tribunal comenta que las amenazas existieron, ya que se amedrentó al denunciante con azuzarle un perro peligro, emplear una pistola o decirle que podía subir a su domicilio, que allí lo esperaba.

Todo ello, concluye la sentencia, “tiene un signo inequívoco intimidatorio y amenazante”.