La sección número 5 de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, ha condenado a pasar una década entre rejas a un hombre que violó a un niño de 8 años.

Los hechos que se consideran probados tuvieron lugar en 2014, cuando el agresor tenía 20 años de edad, en una vivienda del casco urbano de la ciudad portuaria en la que convivían atacante, víctimas y las madres de ambos.

Era el joven de 20 años el que, en ausencia de las mujeres, había asumido el cuidado del menor.

Un día que era festivo, prosigue la sentencia, el pequeño «que se encontraba en pijama, decidió acudir a la habitación que ocupaba el joven y le pidió jugar con la consola, a lo que este accedió».

A continuación, el adulto se acercó al niño y «le bajó los pantalones del pijama y le penetró analmente, a la vez que le solicitaba que le tocase el pene».

Días después, continúa la Audiencia, el menor «se encontraba en su habitación con el chándal y viendo sobre la cama en la televisión dibujos animados», cuando entró el acusado en el cuarto y «volvió a bajarle los pantalones y lo volvió a penetrar analmente , creyendo el menor que era un juego en base a la confianza que le había inspirado el joven en la relación de convivencia en el mismo domicilio y bajo sus cuidados encomendados».

Sin embargo, después de esta segunda violación, el niño le dijo a su madre que no quería quedarse en la casa si no estaba ella. «Por temor» no le contó que estaba sufriendo abusos sexuales.

Lo que sí indicó el menor es que prefería ir a vivir con su padre. De hecho, fue a su progenitor, cuando había pasado más de un mes del primer ataque, a quien la víctima le confesó lo que le había pasado. De esta manera, el padre dio la voz de alarma y el niño fue llevado al médico, a ser sometido a un examen en profundidad.

Dicho examen, detalla también la sentencia de la Audiencia, reveló que el menor «no presentaba lesiones anales, ni desgarros, ni restos de cedulas seminales», dado que los ataques que se consideran probados tuvieron lugar bastante tiempo antes como para que el reconocimiento forense lo confirmase.

A la hora de dictar sentencia, el juez tiene en cuenta la declaración «coherente» de la víctima, así como «la pericial forense del Instituto de Medicina Legal y la especializada de los psicólogos de fundación Proyecto Luz encargada por la Consejería de Familia y Política Social de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia, siendo ambas concluyentes en sus informes analizados».

De esta manera, el hombre es condenado a un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal. Además de los diez años de cárcel, no podrá tener ningún tipo de comunicación con su víctima durante una década. Ni hablar con él ni acercarse a menos de 500 metros de los lugares frecuentados por él.

Su defensa ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, el sujeto permanece en libertad, indicaron fuentes cercanas al caso.