Una empresa del sector de la hostelería de Cartagena deberá indemnizar con un total de 28.300 euros, 10.000 de ellos, por los daños morales sufridos, a una empleada que sufrió acoso laboral, según se dispone en una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso que la empresa demandada presentó contra la dictada por Juzgado de lo Social número Tres de Cartagena en noviembre de 2017.

La resolución judicial declaró nulo el despido por la vulneración de derechos fundamentales, al tiempo que acordó la extinción de la relación laboral.

El Juzgado condenó a la empresa a indemnizar a la trabajadora con la citada suma, por el despido y por los daños morales que padeció como consecuencia del acoso laboral sufrido.

El relato de hechos probados señala que esta empleada presentó una demanda en el Juzgado por las horas extras que había prestado en el establecimiento en el que desarrollaba su labor, llegándose a un acuerdo en virtud del cual percibió la suma de 3.500 euros.

La demandante fue objeto de sanción en tres ocasiones en un mes, señalaba también la resolución judicial.

La primera sanción fue por apagar el aceite de los churros dos horas antes del cierre; la segunda, porque no limpió el frigorífico ni retiró los productos perecederos, y la tercera, porque apagó la máquina de churros antes de tiempo.

En un acta levantada en el Juzgado en febrero de 2017 se admitió por la empresa que, finalmente, no se le había puesto sanción alguna en relación con esas actuaciones.

La demandante causó baja en la empresa por su estado de ansiedad, sin que con anterioridad hubiera presentado ninguna depresión.

El relato de hechos probados recogía así mismo que el empresario consintió que una compañera de la demandante la insultara y faltara al respeto al llamarla "asquerosa" y "vieja".

La Sala de lo Social del TSJ, además de confirmar la sentencia, condena a la apelante a pagar 300 euros al abogado de la trabajadora en concepto de costas.