Un alumno de un colegio de Educación Infantil y Primaria de Cartagena (Murcia) que sufrió la rotura de un diente cuando un compañero le hizo la zancadilla no tiene derecho a ser indemnizado por la Consejería de Educación del gobierno murciano, según se recoge en un dictamen emitido por el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM).

Así se señala en el dictamen de este órgano consultivo, al que ha tenido acceso Efe, que indica que el percance "fue incontrolable, por inevitable", para añadir que "este tipo de accidentes constituye unos riesgos inherentes al desenvolvimiento de los alumnos en el centro escolar".

Y añade que el deber de vigilancia del profesorado no puede extenderse a todos y cada uno de los movimientos de cada alumno y durante todo el tiempo de permanencia en el colegio.

La madre del menor expuso en su reclamación, presentada por la vía de exigencia de la responsabilidad patrimonial de la administración, que los hechos ocurrieron en junio de 2017, cuando su hijo jugaba al baloncesto con unos compañeros.

Según la reclamante, la rotura del diente se produjo cuando "su hijo jugaba muy tranquilo y un niño, por querer apropiarse de la pelota, sin venir a cuento le puso la zancadilla, sufriendo la rotura de un diente".

El dictamen del CJRM comenta que en este caso no se ha probado la relación de causalidad que debe existir entre el daño por el que se reclama una indemnización y el anormal funcionamiento de los servicios públicos para que surja la responsabilidad patrimonial.