El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado la condena de tres años de prisión para un hombre de 41 años que abusó sexualmente de su sobrina en Cartagena cuando ésta tenía doce.

Tal y como se lee en la sentencia, el primer ataque sexual tuvo lugar en la Navidad del año 2013. La pequeña había pasado el día en el domicilio de sus tíos y, cuando el hombre bajó con ella al garaje para llevarla a su casa en coche, una vez dentro del vehículo «se bajó el pantalón y la ropa interior, cogió la mano de la niña y la puso en sus genitales, dos o tres veces, mientras, riéndose, le preguntaba si sabía qué era eso», dice la resolución. «El acusado se vistió y, al salir del garaje, la menor, asustada, le preguntó qué era eso y él le dijo que 'una salchicha'», añade la sentencia.

«Posteriormente, el acusado aprovechó varias ocasiones en que su sobrina pernoctaba en su domicilio, compartiendo cama con su tía, para entrar por la noche en la habitación en la que dormía y, con ánimo lascivo, acercarse a ella, sin llegar a existir contacto físico», prosigue la resolución judicial.

En 2016, cuando la víctima tenía 15 años, «aprovechó que la menor dormía sola en una habitación para entrar desnudo, acercarse a la cama, apoyar las manos en la pared y colocar sus genitales sobre la cara de la menor».

El juez destaca que, a raíz de los abuso sufridos, la víctima tiene un trastorno ansioso-depresivo, con pérdida de sueño, temores por la noche y dificultad para relacionarse con la gente.

La pequeña acabó contando lo que le estaba haciendo su tío y este fue procesado. Ante el juez, en su momento, el adulto admitió lo que había hecho. La sección quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, condenó entonces al hombre a tres años de cárcel por un delito de abuso sexual y a diez meses más por exhibicionismo. Aplicó la atenuante de confesión y la de reparación del daño, así como la agravante de abuso de confianza.

Asimismo, lo condenó a indemnizar a la víctima con 5.000 euros y a pagarle el tratamiento psiquiátrico hasta que se le dé el alta. Y, a la salida de la cárcel, tendrá que pasar siete años en libertad vigilada, durante los cuales tiene la obligación de asistir a cursos de educación sexual. Además, no podrá realizar actividad ninguna que suponga un trato con menores de edad.

Aunque el hombre reconoció haber abusado de la niña, no quedó conforme con la sentencia y recurrió. Cree, por ejemplo, que la pena de libertad vigilada es «desproporcionada». El TSJ no le da la razón al condenado y confirma la pena impuesta.