Un hombre condenado como maltratador deberá seguir unos programas formativos en violencia de género, según se dispone en un auto dictado por la Audiencia Provincial de Murcia, que desestima el recurso que presentó alegando que le resultaba imposible cumplir ese deber porque en Cartagena, donde reside, no se dispone de los medios precisos para ello.

El Juzgado de lo Penal de Murcia, en la resolución que ahora se ve confirmada por la Audiencia, dispuso que el ahora apelante debía comparecer ante el Centro de Inserción Social (CIS) "Guillermo Miranda", en Murcia, para seguir aquellos programas.

En su recurso, el apelante expuso que le resultaba imposible, material y humanamente, cumplir lo ordenado, ya que en la ciudad portuaria no se impartían aquellos cursos debido a que no se había abierto allí un CIS similar.

Además indicó que estaba diagnosticado de angina de pecho inestable y que se veía obligado a tomar fármacos que le obligaban a permanecer largos periodos en cama.

Finalmente, pidió que se tomaran las medidas oportunas para implantar un curso en Cartagena, o bien que se utilizaran otros recursos disponibles, como la videoconferencia, para seguir los programas desde su localidad de residencia.

La Sala dice que el recurrente tiene que cumplir la obligación que le fue impuesta, ya que "no puede exonerarse sin más al penado de su cumplimiento porque padezca una cardiopatía crónica y reciba medicación".

Y añade que "tampoco cabe suspender 'sine die' el cumplimiento de su obligación de realizar el curso hasta que en su caso se reabra el CIS de Cartagena, porque esto es un hecho incierto y sin fecha prevista para ello".