La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por el encargado de una empresa que fue despedido por anotar a su esposa jornadas de trabajo que realmente no había realizado.

El Juzgado de lo Social de Cartagena al que correspondió su demanda declaró probado que el ahora apelante, como jefe de equipo, era responsable de confeccionar los partes de trabajo, en los que reflejaba las horas trabajadas por cada uno de sus integrantes.

En los partes de dos días de abril y tres de mayo, de 2017, incluyó a su mujer con el número de horas que afirmaba había desarrollado, más los seis euros de plus de transporte por cada una de esas jornadas.

El Juzgado, en la sentencia que ahora se ve confirmada por el TSJ, declaró procedente el despido y absolvió a la empresa.

Afirma la sentencia de la Sala de lo Social que "la actuación del trabajador demandante ha de calificarse de grave y culpable, toda vez que mediante ella se ha causado un perjuicio patrimonial a la empresa y un beneficio para la esposa, lo que implica una vulneración de las reglas propias de la buena fe contractual y un abuso de la confianza depositada por la misma en un jefe de equipo".