La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso que un conductor de ambulancias presentó contra la sentencia de un Juzgado de Cartagena que rechazó la demanda en la que aseguraba que le habían cambiado la camilla por una de mayor peso como represalia por su actividad sindical. La sentencia señala que el Juzgado de lo Social al que correspondió su demanda declaró probado que el ahora apelante era delegado sindical y que prestaba sus servicios como conductor de una ambulancia dedicada al transporte colectivo de pacientes.

En octubre de 2016, la empresa cambió la camilla de la ambulancia que utilizaba el demandante, asignándole una de las más pesadas, que era de 49 kilos. El empleado inició una situación de incapacidad temporal el 24 de enero de 2017. En su recurso dijo que se habían vulnerado sus derechos fundamentales y que era víctima de una represalia por su actividad sindical, además de pedir que se condenara a la empresa a reponer la camilla de aluminio, menos pesada, que utilizaba con anterioridad.

La Sala, al desestimar el recurso, dice que no está acreditado que el apelante cargara pesos superiores a los veinte kilos, ni tampoco que incitara a sus compañeros a demandar a la empresa o que esta conociera que la denuncia a la Inspección de Trabajo fuera suya. La Sala desestima el recurso al no probarse el supuesto acoso.