La titular del Juzgado de Intrucción 2 de Cartagena ha absuelto al exedil socialista Manuel Torres del delito leve de maltrato de obra -agresión sin lesiones- por el que había sido denunciado por el asesor del exvicealcalde José López, Ángel Tarifa, tras el pleno municipal de septiembre de 2017, donde ambos protagonizaron un altercado en el pasillo previo al salón plenario.

La jueza ve como hechos probados que existió una discusión entre Torres, el hijo de éste y el vicealcalde, que iba acompañado por Tarifa. El encontronazo prosiguió una vez que López accedió de nuevo al pleno, cuando el hijo del exedil socialista acercó su rostro al denunciante. Torres, «quien hasta ese momento se había mantenido justo detrás de su hijo», extendió uno de sus brazos entre los dos, «llegando a impactar su mano con las gafas de Tarifa -las llevaba colgadas del cuello de la camisa-, haciéndolas caer al suelo».

No obstante, la magistrada entiende que «no se ha practicado prueba de cargo suficiente capaz de desvirtuar la presunción de inocencia de Torres», ya que entiende que existen «versiones contradictorias -las de Tarifa y el denunciado- sobre el modo en que se produjeron los hechos». La sentencia recoge que el propio Torres reconoció haber metido el brazo entre su hijo y el asesor de López y que pudo «de manera involuntaria» golpear las gafas de Tarifa, pero no a él.

La titular del Juzgado de Instrucción 2 también argumenta que la versión de Tarifa no viene corroborada por otros elementos objetivos, ya que en la grabación aportada de los hechos, «unicamente se aprecia al acusado que se mueve hacia delante, nada más». Además, la jueza habla del testimonio de dos agentes municipales testigos, aunque afirma que uno no vio lo sucedido pues estaba en el interior del pleno cuando ocurrió y el otro, testigo presencial, no dio testimonio que sirva para asegurar que Torres alcanzase a Tarifa con intención de golpearle, ya que reconoció en la sala que «hubo empujón (no un puñetazo) y no sabe si el movimiento hecho por el acusado era para separar a su hijo y al denunciante o para agredir».

La magistrada añade que no puede olvidarse «la aplicación del principio de Derecho Penal 'in dubio pro reo' -en caso de duda, se favorecerá al acusado-, al no poder llegar a una convicción firme sobre lo probado».

Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación. Tarifa, preguntado por LA OPINIÓN, dijo que estudiará esta opción.