Los cinco policías nacionales acusados en el caso Cala Cortina, en el que Diego Pérez encontró la muerte en la citada playa en marzo de 2014, aceptaron ayer ante el juez el acuerdo alcanzado por la Fiscalía, la acusación particular y las defensas por el que reconocen los delitos de homicidio por imprudencia y detención ilegal, por los que serán condenados a cuatro años de prisión (dos por cada delito).

Así quedó fijado tras la vista oral celebrada en la sección quinta de la Audiencia Provincial, donde los cinco acusados dieron su conformidad y asumieron las penas.

No obstante, ahora queda por ver la resolución del magistrado Jacinto Aresté, quien deberá posicionarse en sentencia sobre si deben ingresar en prisión para cumplir el resto de la condena, dos años y 10 meses al haber cumplido ya un año y dos meses en prisión preventiva, tiempo durante el cual falleció un sexto agente implicado.

En este sentido, los abogados defensores (Mariano Bo, José María Caballero, Carlos Barbas, José Antonio Prieto y Raúl Pardo-Geijo) han solicitado que los policías, al no haber sido condenados por cada delito a penas que superen los dos años de cárcel, no ingresen en la cárcel para cumplir el resto de la condena. Esta cuestión quedó fuera del acuerdo, ya que se deberá resolver en la ejecución de sentencia, donde el tribunal está posibilitado a aplicar la ley que permite suspender la entrada en prisión de los condenados si se cumple que cada delito no supera esos dos años.

Aún así, la petición de las defensas se encontrará con el rechazo frontal tanto la acusación particular, a cargo de los letrados Francisco Belda -en representación de los hermanos de la víctima- y de Fernando Pignatelli -abogado de la hija menor de edad de Diego-, como la Fiscalía, que entienden que los delitos aceptados son de una gravedad tal que no ha lugar a una suspensión de la condena, ya que suman más de dos años de prisión.

Sobre la inhabilitación en el Cuerpo Nacional de Policía, el propio acuerdo establece que será absoluta por tiempo de dos años, por lo que, en principio, no volverán a ser agentes, aunque cumplan la condena íntegra.

En este sentido, según fuentes judiciales, esta inhabilitación supondría inmediatamente la apertura de un expediente disciplinario por parte del Ministerio del Interior y su expulsión automática del Cuerpo Nacional de Policía. Además, durante la pena, los policías no podrían ejercer ningún tipo de empleo público, ni presentarse a las oposiciones de Cuerpo hasta que sus antecedentes prescriban (unos diez años).

Mediante el acuerdo alcanzado, los agentes reconocieron que la muerte de Diego se produjo de forma no intencionada, cuando lo trasladaron desde su domicilio a la playa. De hecho, el escrito de conclusiones provisionales de conformidad, firmado por todas las partes, recoge que pese a que los agentes no tuvieron intención «de producir un resultado letal», sí que omitieron «las más elementales normas de cuidado inherentes a su condición de policías y, bien como consecuencia de una acción o bien por la omisión de los deberes de custodia, se ocasionó la muerte».

Asimismo, con el acuerdo, los procesados admitieron que cuando fueron a por la víctima a su casa (había llamado solicitando ayuda policial), «de común acuerdo y con intención de atentar contra su libertad, le indicaron de manera intimidatoria que se subiera a un coche oficial y, en lugar de trasladarle a dependencias policiales o sanitarias, decidieron llevarle a Cala Cortina, lugar solitario y aislado que dista más de dos kilómetros del domicilio de Diego y de las zonas de patrullaje de los agentes».

La conformidad de las partes también incluye una sensible rebaja de las penas respecto a los dos delitos, ya que la detención ilegal está fijada entre 4 y 6 años de prisión y el homicidio por imprudencia entre 1 y 4 años.

No obstante, en ambos casos se aplicará la atenuante analógica de confesión de los hechos -a pesar de que el escrito recuerda que no reconocieron los hechos hasta estar ya detenidos- y la de reparación del daño, ya que los agentes entregaron antes de la vista oral 60.000 euros en concepto de indemnización para la familia.