La empresa concesionaria del agua Hidrogea recuerda que «no existe consenso en la doctrina jurídica sobre qué figura debe regular el pago por la prestación del servicio, sea tasa o tarifa, así como sobre quién debe recaudar el importe». La compañía recalca que «en la mayoría de las grandes corporaciones locales de España gestionadas por empresas 100% públicas, son estas empresas las que cobran a los abonados una tarifa fijada por el Ayuntamiento, al igual que sucede en Murcia». No obstante, aunque ésta es la práctica habitual, Hidrogea recuerda que «son los ayuntamientos quienes, a la vista de los pronunciamientos jurídicos y las consultas a los diversos estamentos, deben elegir llegado el caso, la forma que consideren oportuna y mejor se adapte a sus necesidades, siempre dentro de la legalidad vigente en materia local y de contratación pública». «Las sentencias del Tribunal Supremo en cualquiera de los sentidos, no sientan jurisprudencia ni obligan al resto de municipios a compartirlas, siendo de aplicación la Ley General Tributaria y la Ley de Contratos del Sector Público», finaliza la empresa.