La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha estimado el recurso de un conductor y ha anulado la providencia de apremio por importe de 250 euros dictada contra él por el impago de una multa de tráfico por defectos en la notificación.

Señala la sentencia que esa providencia y orden de embargo de cuentas bancarias fue acordado por no pagar la multa de 200 euros impuesta por la policía local de Cartagena por no respetar un semáforo en rojo.

El sancionado expuso en su recurso que la notificación, que se hizo a través de edictos, solo debe hacerse de forma supletoria, ya que antes ha de intentarse, en dos ocasiones y en horario distinto, en su domicilio.

Y añadió que esa notificación del procedimiento de apremio y diligencia de embargo se trató de hacer en una vivienda ubicada en una calle de Murcia, de igual nombre que la del municipio donde realmente reside, por lo que resultó infructuosa.

Al estimar el recurso contencioso, la Sala anula la resolución administrativa y ordena devolver las cantidades que le fueron embargadas, aunque añade que el ayuntamiento, si no ha prescrito la infracción, puede volver a comunicarle la resolución sancionadora, con indicación de los recursos que puede interponer contra la misma.