El TSJ ha desestimado el recurso presentado por un vigilante de seguridad, que trabajaba en una empresa del polígono Cabezo Beaza, que fue despedido por dormirse en 9 ocasiones cuando estaba de servicio y que se dejó grabar por las cámaras de seguridad esgrimiendo una navaja «en tono amenazante».

La sentencia confirma así la que dictó un Juzgado de lo Social de Cartagena en octubre de 2013 y que declaró procedente el despido. En la carta de despido se le reprochó al vigilante que un día tuvo un incidente con unos ciclistas, «a los que intimidó, amenazó y faltó a la consideración debida».

Otro hecho recogido en la citada carta fue que en una reunión en la Inspección de Trabajo llegó a lanzar contra la pared a un representante de la empresa.

Además, en contra de lo alegado por el despedido, la sentencia comenta que la colocación de cámaras de vigilancia no supuso la violación de ningún derecho fundamental como alegaba el vigilante despedido.