Algunas leyes autonómicas de protección y tenencia de animales de compañía se encuentran desfasadas y, por ello, existe una labor legislativa para adecuar la regulación de estos animales al sentir actual de la sociedad. Debemos tener en cuenta que la mayoría de ellas datas de los años noventa, habiéndose producido en los últimos años algunos avances en la sensibilidad colectiva hacia los animales. Algunos sectores se oponen a reforzar las exigencias de protección y bienestar animal abogando por excluir del ámbito de aplicación de estas normas determinadas razas que consideran destinados a un fin, o lo que suelen denominar ´perros de caza´. Estas son algunas razones por las que no deben excluirse: determinar una lista de razas a las que se excluya del ámbito de aplicación objetiva de las normas de protección de animales de compañía significa excluirlas de esta protección, sin tener en cuenta sus necesidades como seres sintientes.

Significa instrumentalizar a estos animales. No son un instrumento ni un objeto del que valerse. Su nivel de protección no puede depender de la voluntad de su poseedor. Supone justificar determinados comportamientos actualmente prohibidos, abrir la puerta a que se realicen amputaciones o intervenciones estéticas no necesarias para la salud del animal.

Supone abocarles a unas menores exigencias en cuanto a las condiciones en las que deben vivir los animales, como podría ser un nivel mínimo de control de sus condiciones higiénico sanitarias, un espacio para vivir insuficiente e inadecuado, ausencia de protección frente a condiciones meteorológicas, aislamiento de las personas y otros animales, ausencia de control veterinario.

No debemos olvidar que las leyes son el reflejo de la sociedad y, precisamente, la pretendida exclusión de razas supone un paso atrás que no encuentra respuesta en el sentir general, cada vez más proteccionista con los animales.