Es decir, para todos aquellos que son bajos, degradados, cobistas, serviles, ignominiosos, infames, miserables, odiosos, repugnantes, degenerados, rastreros, ruines, sucios o viles, que son los abyectos. O sea, lo contrario a noble y bueno. Y eso es lo que fue la pitada al rey, pero no delictiva, a tenor de la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que ha absuelto al promotor de la pitada Felipe VI y al himno español, con ocasión de la final de la Copa entre el Barcelona y el Bilbao el 15 de mayo de 2015. La ponente Ángela Murillo, a la que conozco personalmente y es impecable, expresando el sentir unánime de la Sala, ha dicho que el derecho a la libertad de expresión ampara a esos actos merecedores de los calificativos más abyectos, pero no constituyen un delito, ya que solamente fue una manera de aprovechar un acto deportivo para reivindicar de forma incívica la independencia de Cataluña. De esa manera revoca una sentencia dictada por un Juzgado central de lo Penal, que condenó al instigador de la pitada, el presidente de Catalunya Acció Santiago Espot, a una multa de 7.200 euros, por injuriar a la Corona y ultrajar a España. Además de amparar la libertad de crítica, evita que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dé un posible revolcón a España como sucedió con la quema de las fotos del entonces rey Juan Carlos I.

Como casi siempre todo partió de una idea abyecta plasmada por el susodicho absuelto en las redes sociales, convocando ese día y hora de la final futbolística copera, la famosa pitada y con la obtención de reivindicar un ilusorio Estado catalán. La acción por tanto está claro que no es delictiva, salvo recurso a tribunal más alto y vuelva a considerar que sí lo es, pero por ahora la libertad de expresión ha triunfado así como la libertad de crítica aun cuando la misma pueda molestar, inquietar o disgustar a más de uno, o sea a miles de personas, entre las que me encuentro. Si el que comete una acción abyecta es un abyecto, va apañado el absuelto con los calificativos que la Real Academia de la Lengua recoge, y que antes me he permitido relatar.

Quizás, lo mejor sería puesto que no es delito y sí es una actuación que puede ser objeto de los calificativos más abyectos, que aquellos clubes que no creen en el Estado español, que no jueguen esa Copa, por sí mismos o por imperativo real, pues en ambos casos habría congruencia. Claro que a lo mejor ninguno de esos dos clubes se han pronunciado abiertamente acerca del tema en cuestión, aun cuando es blanco y en botella. Aún recuerdo la sonrisa irónica de un presidente junto al rey que parecía estar al borde el orgasmo futbolístico por la pitada al himno nacional, aun sin haber marcado ni un solo gol su equipo, que después como casi siempre los marca y gana, pero eso es harina de otro costal, porque todos somos hijos de Dios, y tanto en futbolistas como en espectadores hay de todo. Por eso este año disfruté cuando los sevillistas acallaron con sus palmas los pitos. Lástima que después les pitaran a ellos cuando volvieron a Sevilla.

Y es que una cosa es la ley y otra el civismo, la educación y el respeto, que no pueden ser regulados por el Código Penal, sino por normas de conducta que no son de obligado cumplimiento, por mucho que nos pese. En fin, mirémoslo desde el buen punto de vista, y es que este país es mucho más civilizado que ellos, y no condena por expresar opiniones.