El Gobierno 'se ha puesto las pilas' e intenta legislar un código de buenas prácticas para gestionar la devolución a los afectados por cláusulas suelo indebidas. Son 10.000 familias en Murcia y un millón y medio en España. Pronto nos enteraremos de la cruda realidad. Con qué grupos políticos conseguirá pactarlo el Gobierno, y a quién beneficiará: bancos o afectados. También Hacienda tendrá un papel relevante en el control de la devolución para analizar posibles implicaciones fiscales. Hablando en cristiano, la Agencia Tributaria se va a comer gran parte de la devolución a los clientes vía IRPF, retenciones, devolución de deducciones, etc. Algo que cualquier afectado podría haber planificado en su declaración de la renta de este año, pero, dadas las fechas, le va a costar más caro. Otra vez perjudicados los mismos.

Por otra parte, están otros tantos millones de españoles 'afortunados' sin hipoteca o con hipotecas que no incluían la cláusula suelo. Que no se preocupen, también les va a tocar pagar. ¿De qué manera? El Banco de España ya está informando de que el Estado deberá devolver las cantidades indebidamente cobradas por las cajas de ahorros rescatadas en virtud de las cláusulas suelo hipotecarias. Este contrasentido es llamativo. En principio, en la venta de estas hipotecas por parte de entidades recapitalizadas con fondos públicos, como suele ocurrir en las ventas del resto de las empresas, el vendedor asegura que cualquier responsabilidad que pudiera surgir por los contratos traspasados al comprador serán a su costa. Ésto implica que las indemnizaciones a los deudores hipotecarios, por aplicación indebida de las cláusulas suelo, son de cuenta del vendedor hasta la fecha de la venta.

En resumen, cualquier español de a pie, con o sin hipoteca, cliente o no de una caja intervenida y que ya pagó vía impuestos la mala gestión de estas entidades comandadas por la clase política, sindical, etc. de cada Comunidad, de manera más o menos discrecional y/o desacertada, volverá a pagar otra vez religiosamente vía impuestos la devolución de las citadas cláusulas. Como siempre, perjudicados 'los mismos'.

Toda la película comienza en una especie de 'sindiós' de los tribunales. El 9 de mayo de 2013 se hizo pública la sentencia de la Sala de lo Civil del Supremo sobre las cláusulas suelo. Decidió limitar en el tiempo los efectos de la nulidad de las mismas cuando las declaró abusivas y nulas en su sentencia del 9 de mayo de 2013. El alto tribunal consideró entonces que los clientes no podían comprender lo que significaban estas cláusulas en términos económicos, pero decidió que los bancos sólo tendrían que devolver los intereses cobrados de más a partir de la fecha de la sentencia. Tres años más tarde, el pasado 21 de diciembre de 2016 la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE dictaminaba que los bancos deberán devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes al haber rechazado que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser 'incompleta e insuficiente'.

Explicaba el tribunal que «la declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula».

En principio una gran noticia para el millón y medio de españoles que verán reducida su carga hipotecaria o devuelta una importante suma de dinero. Sin embargo, no es oro todo lo que reluce porque los bancos son pertinaces en no pagar y la recomendación del Gobierno veremos hasta donde llega.

Solo nos queda alegrarnos de que la Justicia europea, aún con el informe contrario del propio abogado general del Tribunal de Justicia Europeo y en contra de lo dispuesto por nuestro Tribunal Supremo de España, ha actuado de manera independiente.

A los ciudadanos siempre nos quedará Europa.