Ya saben aquel chiste. Llega un genares a un bar de un pueblo y pregunta si allí tenían Juez de Paz. Le contestan que no, que allí había juez de naranja, juez de limón y tónica juez, pero que de esa clase de juez no... Bueno, pues en mi calidad de juez de esa clase, y tonto útil de mi pueblo, me llegan docenas de consultas sobre la confusión aún existente -y va pá largo- entre los matrimonios civil y religioso, y ya una vez metidos en harina, sobre el matrimonio entre personas del mismo centrifugado, y todo lo que el Estado se ha encargado él solico de liar en vez de desliar, que sería lo suyo y por lo suyo.
Pues miren y observen, queridísimus totus. Tendríamos que empezar por analizar primero lo que significa matrimonio, y luego después constatar las diferencias entre Juzgado e Iglesia, ¿vale?.. es que, si no, no vamos a entender de la misa la media y luego pasa lo que pasa. Etimológicamente, matri-monium quiere decir madre-una, o sea, que solo vale su uso para uniones mixtas, y no sale la cuenta cuando hay dos madres o no hay ninguna. Bueno... Pero es que, encima, es el nombre de un sacramento, por lo que emplearlo fuera de su uso religioso, de la Iglesia, solo sirve para enfollonar aún más el guiso, pues, que mis entendederas alcancen, el ministerio de Justicia no administra sacramentos, si bien sí que administra, en cambio, uniones civiles.
Es que, joer, un juzgado no es una iglesia, ni la administración es una religión, hasta ahí podíamos llegar, ni un expediente es un sacramento, ni el Código Civil, que yo sepa, es una fe, ¿estamos?.. Son cosas distintas que sirven a fines diferentes, y esto es tan meridianamente lógico que el que no sepa distinguirlo es más tonto que Abundio. Yo sé que la culpa es de un Concordato que enturbia más que aclara las cosas y los casos, pero en fin... doctores habemus y por eso mesmo menos sabemus. Pero no hablemos de culpas, si no de una responsabilidad que corresponde al estado solucionar.
Lo único que es común a ambos es el término casar, que viene de hacer casa o encajar, sin más connotaciones que esa misma. Lo demás es aplicar un léxico absolutamente inadecuado que solo sirve para confundir, y si fuesen medianamente inteligentes deberían de ser consecuentes con la semántica, que es la cultura de los significados, pero en fin, quizás eso sea esperar que los leones de las cortes piensen con el rigor que les concede ser de piedra. En los juzgados deberían ser uniones civiles, y el que quiera sacramentar, que es cuestión de estricta religión y solo corresponde a una iglesia, pues, oiga, que lo veo muy requetebién. Y apáñese la fe con las conciencias de sus creyentes, que la legalidad establecida por el Código Civil es cosa aparte, y además tan voluntaria y voluntariosa como la otra. No creo que sea tan difícil saber diferenciar lo que en nada se parecen.
Y hablando de léxicos. Si a los legisladores no les gusta lo de unión civil, que es lo suyo, y puesto que matrimonio civil es un incongruente disparate, ya que por el mismo motivo y razón a ver porqué no decir bautismo civil cuando vayan a apuntar a los zagales al Registro... pues leches, que lo digan también en latín si es que les gusta. Miren, una idea: como sacra-mentum significa sagrada-palabra, pues nos inventamos el lexmentum para lo civil, y ya está... Aquí pax (de Juez de) y después gloria (de pasteles de) ya puestos a pastelear. Y, lo dicho: a Dios que le quiten lo bailao, y al César que le vayan dando... ¿no?.. Pues eso mismo, choricicos míos.