El Parlament ha alegado ante el Tribunal Constitucional que el recurso del Gobierno contra la reforma del reglamento de la cámara catalana es "claramente preventivo", el cual "no vulnera" el derecho de participación de los diputados y la "autonomía parlamentaria" en cuanto a organización y funcionamiento.

El pasado 16 de agosto, la Mesa del Parlamento catalán acordó presentar alegaciones al TC contra la suspensión de la reforma del reglamento de la cámara catalana, en concreto, la del artículo 135.2 que regula el procedimiento de lectura única, con el que los grupos de Junts pel Sí y la CUP prevén aprobar de forma exprés las llamadas "leyes de desconexión" con el Estado.

En el escrito de alegaciones, de veinte páginas y que publica hoy el Boletín Oficial del Parlament (BOP), la cámara catalana argumenta que el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra el citado artículo de la reforma del reglamento tiene una "finalidad claramente preventiva" que, a su juicio, es "incompatible con la naturaleza y el carácter abstracto que definen" a este recurso.

Según el escrito, "este carácter preventivo y focalizado a una aplicación concreta y específica del artículo 135.2, se hace evidente en los argumentos que el recurso utiliza para contextualizar la impugnación" citando declaraciones del presidente de la Generalitat y de diputados de JxS y la CUP o informaciones de medios de comunicación, según las cuales la "finalidad única y exclusiva" de la reforma es el proceso secesionista.

"Por muy fundadas que puedan ser estas sospechas (....) este recurso no puede depender de la 'teoría del riesgo'", señala.

En las alegaciones, además, se esgrime que la reforma del reglamento del Parlamnent "no vulnera el derecho de participación de los representantes parlamentarios reconocidos" en la Constitución y el Estatut, ya que "no se excluye la posibilidad" de que en el procedimiento de lectura única la Mesa del Parlament, de oficio o a petición de algún grupo, pueda abrir un trámite de enmiendas.

Otro de los argumentos que se apunta en las alegaciones es que el procedimiento de lectura única es una "práctica ampliamente extendida", tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado o en las asambleas legislativas de comunidades autónomas.

Asimismo, el escrito resalta la "singular naturaleza" del reglamento de un parlamento y la "autonomía parlamentaria", ya que los reglamentos parlamentarios son la "suprema expresión de la autonomía organizativa y de funcionamiento de las cámaras".

En este sentido, se señala además que el Estatut atribuye al Parlament, en "ejercicio de la autonomía parlamentaria", la elaboración de su reglamento.