El Consejo del Poder Judicial (CGPJ) ha denegado la solicitud de reingresar en la carrera al exmagistrado Francisco Serrano, condenado por prevaricación a dos años de inhabilitación por modificar el turno de custodia de un menor para que pudiera salir en una cofradía de la Semana Santa de Sevilla.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condenó a Serrano a dos años de inhabilitación especial por aquellos hechos; el CGPJ considera que aquella condena basta para considerar que ha perdido su condición de magistrado, al margen de los recursos que posteriormente se resolvieron sobre el mismo proceso.

El Supremo revisó la primera condena y endureció la pena, pero posteriormente el Constitucional amparó al exjuez de familia de Sevilla y anuló la condena del Supremo, aunque hizo firme la sentencia del tribunal andaluz.

La Comisión Permanente del CGPJ ha estudiado hoy la solicitud de rehabilitación a la Carrera Judicial del exmagistrado y ha considerado que la condena firmada en octubre de 2011 por el TSJ de Andalucía basta para considerarle expulsado de la carrera judicial.

El artículo 42 del Código Penal establece que "la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recayere y produce, además, la incapacidad para obtener el mismo u otros análogos, durante el tiempo de la condena", ha recordado el órgano de gobierno de los jueces.