La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha abierto una causa al exconcejal del Ayuntamiento de Valencia y diputado autonómico del PP Miguel Domínguez por supuesto delito de blanqueo de capitales cometido por el grupo popular del Ayuntamiento.

Según ha informado el TSJCV en un comunicado, de conformidad con el criterio de la Fiscalía, la Sala se declara competente para investigar al parlamentario autonómico por los hechos descritos por el juez del caso Imelsa, el titular de Instrucción 18, en la exposición razonada elevada al TSJ el pasado mes de mayo.

En la misma, el magistrado relacionaba los indicios existentes contra Domínguez en la pieza separada en la que se investiga un presunto delito de blanqueo de capitales en el grupo popular del Ayuntamiento de Valencia cometido mediante donaciones de 1.000 euros efectuadas por concejales y asesores, cantidad que presuntamente les era devuelta por el partido en dos billetes de 500 euros para blanquear dinero en efectivo de supuesta procedencia ilícita.

Por este mismo asunto también está siendo investigada la exalcaldesa de Valencia Rita Barberá, aunque en el Tribunal Supremo, dada su condición de senadora.

En un auto, del que ha sido ponente la magistrada Pía Calderón, el TSJCV recuerda la reciente resolución del Tribunal Supremo asumiendo la competencia para investigar a la exalcaldesa y senadora Rita Barberá por los mismos hechos.

Por ello concluye que "en el caso de autos también debe admitirse la competencia de la Sala respecto a Miguel Domínguez Pérez en tanto en cuanto ostentando la condición de diputado de Les Corts Valencianes en la presente legislatura pudiera haber participado en el factum descrito en la exposición remitida por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia".

La Sala de lo Civil y Penal sólo se declara competente para investigar a Domínguez y no al resto de imputados que no gozan de aforamiento, y se apoya para ello en la doctrina del Supremo, que establece la conveniencia de que a los no aforados les investigue un juzgado de instrucción ordinario.

El TSJCV investigará al exconcejal y diputado solo por los hechos relatados en la exposición razonada, es decir, por el delito de blanqueo de capitales, pese a que el instructor del caso Imelsa, con posterioridad a la remisión al TSJ de la parte de la causa que afectada a Domínguez, envió al Alto Tribunal el auto por el que amplió a delito electoral los hechos investigados en esa pieza separada.

Domínguez, como hiciera Barberá, rehusó la invitación de Instrucción 18 para declarar voluntariamente pero presentó un escrito de alegaciones en el que reconocía la aportación, negaba cualquier reintegro y se desvinculaba de la organización de la campaña y de la actividad política diaria.

Según el juez, las explicaciones ofrecidas por el aforado "pueden ser ciertas y tener sentido" pero son insuficientes para excluir su posible implicación en los hechos investigados.

Esas alegaciones "no introducen en su relato hechos que, en relación y contraste con el resultado de lo instruido, permitan atribuir a los mismos una relevancia excluyente de su posible implicación", agrega el juez.

La investigación por delito electoral y blanqueo de capitales en el Ayuntamiento de Valencia es una pieza separada del caso Imelsa, en el que se investiga el amaño de contratos a cambio de comisiones ilegales en varias administraciones de la Comunidad Valenciana: Diputación (a través de la empresa Imelsa); Ayuntamiento (a través de la Concejalía de Cultura) y Generalitat (a través de la empresa Ciegsa).