La Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo recuerda a los pasajeros afectados por los retrasos y cancelaciones de vuelos que tienen derecho a recibir asistencia en el aeropuerto y al cobro de indemnizaciones. Ante la suspensión de algunos viajes que se están produciendo estos días, tanto en la terminal de Santiago del Monte como en otras instalaciones aeroportuarias del país, Consumo recomienda a los viajeros que se pongan en contacto con la compañía aérea o la agencia donde hayan adquirido el billete o el viaje combinado para conocer la situación de los vuelos y servicios que hayan contratado.

Consumo recuerda que, en caso de cancelación, al pasajero le asisten los siguientes derechos:

1. Puede optar entre la devolución del coste íntegro del billete o que se le facilite un transporte alternativo hasta el destino final.

2. Compensación de entre 250 y 600 euros por persona en función de la distancia a recorrer, salvo que la compañía hubiese informado de la cancelación con una antelación de dos semanas o ésta se deba a circunstancias extraordinarias, como el mal tiempo.

3. La compañía está obligada a facilitar asistencia hasta la salida del avión. Si no lo hiciese, el viajero deberá guardar los justificantes de su gastos (hotel, comidas, etc...) para solicitar su reembolso. En el caso de tres horas o más de retraso, cuando el vuelo tenga como origen o destino cualquier aeropuerto de la Unión Europea, el pasajero también tiene derecho a recibir la misma compensación económica que si se tratase de un vuelo cancelado

Las personas afectadas por estos problemas deberán dirigir su reclamación a la compañía aérea y si en el plazo de un mes no satisface su reclamación, podrán presentar una denuncia ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, ubicada en la Avenida General Perón, 40, en Madrid. Si la compañía persiste en no atender la reclamación a través de estos procedimientos, el usuario puede recurrir a la vía judicial para hacer efectiva la indemnización, ante el juzgado de lo mercantil que corresponda. En este caso, deberá presentar una reclamación en el formulario previsto para ello, sin necesidad de contar con un abogado o procurador por tratarse de una cuantía inferior a 2.000 euros.