El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional la ley catalana que prohíbe el uso de la tecnología hidráulica 'fracking' en la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos, al entender que invade competencias del Estado.

Estima parcialmente un recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central contra la ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña de 2014, ha informado este lunes el TC en un comunicado.

El TC concluye que la autorización de la fractura hidráulica con sujeción a requisitos técnicos y a la previa declaración de su impacto medioambiental son requisitos que establece el Estado, tanto por sus competencias en planificación económica como de régimen minero y energético, así como de protección del medio ambiente.

Según la legislación estatal, el 'fracking' debe usarse siempre que el proyecto cumpla determinados requisitos técnicos y medioambientales, mientras que la ley catalana lo prohíbe "con carácter absoluto en el territorio de Cataluña siempre que su utilización concierna cualquier ámbito competencial de la Generalitat".

Otra disposición de la ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña que declara inconstitucional es la que prohíbe establecimientos comerciales de 800 metros cuadrados o más fuera de las tramas urbanas consolidadas.

El TC argumenta que esta prohibición debe estar justificada "en razones imperiosas de interés general", pero asegura que la ley catalana no alude a ningún motivo para limitar tan fuertemente la implantación de estos establecimientos.