La sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia de Madrid que la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, ha citado para poner en evidencia el "error" de calificar su incidente de tráfico como delito "no puede ser tomada como precedente alguno", según fuentes de la Audiencia Provincial.

La presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, criticó ayer que el juez que consideró delito su incidente de tráfico con la Policía Municipal de Madrid no tomara la misma decisión en otro caso "muchísimo más grave", que calificó como falta.

En la sentencia a la que alude Aguirre, el magistrado de la Audiencia Provincial no podía analizar si el hecho era delito o falta porque ya había sido juzgado como falta, han indicado las fuentes de la Audiencia madrileña.

El objeto de aquel recurso de apelación no era la calificación, sino la prueba del hecho, puesto que ya se había celebrado el juicio.

Las mismas fuentes de la Audiencia Provincial han destacado que, en cambio, en el caso del incidente de tráfico de la presidenta del PP de Madrid, el recurso de apelación estaba dirigido a establecer si el hecho podía ser delito o falta.

Aguirre dijo ayer que el criterio del magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid es contrario al que tuvo él mismo en otro caso "muchísimo más grave", en el que la persona se negó a identificarse, insultó gravemente a los policías llamándoles "hijos de puta", se metió en un bar y arremetió contra alguno de los policías con puñetazos y patadas.