La condena de dos años de cárcel para el rapero madrileño Pablo Hasél por enaltecimiento del terrorismo abre el debate sobre los límites de la libertad de expresión en España, una "línea difusa" según los juristas y que ha creado polémica en países como Francia, Marruecos, o Túnez.

"Estaba cantado, querían dar un castigo ejemplar y me han condenado a dos años por hacer canciones", rezaba un manifiesto del rapero Pablo Rivadulla, más conocido como Pablo Hasél, publicado hoy tras haber sido condenado por enaltececimiento del terrorismo por subir al portal YouTube canciones sobre ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda.

Los vídeos del rapero Hasél, algunos de los cuales se hicieron virales en YouTube, no son los únicos que han generado polémica entre el poder judicial y los artistas en los últimos años.

En el 2007, El Tribunal Supremo confirmó la sentencia absolutoria para los cinco integrantes del grupo Soziedad Alkoholika, que fue denunciado por la Asociación de Víctimas del Terrorismo, al considerar que canciones como "¡Explota, zerdo!", dedicada a un "soplón" policial, no representaban enaltecimiento del terrorismo.

Uno de los casos más sonados de los últimos años fue el del cantautor Javier Krahe, que fue cuestionado por introducir un símbolo religioso en un horno en un vídeo titulado "Cómo cocinar un Jesucristo".

En otros países como Túnez o Marruecos, a los músicos también les han pasado factura las letras de sus canciones; uno de los casos más mediáticos fue el de Belghuat, alias Lhaqed (Cabreado), que pasó un año en la cárcel a pesar de las advertencias de asociaciones como Human Rights Watch por una canción titulada "Perros del Estado".

También en el Magreb, el caso del cantante Alá Yacubi, más conocido como "Weld el 15", desató una amarga polémica en Túnez cuando en 2013 fue condenado a dos años de prisión por la canción "Los polis son unos perros".

Más recientemente, el cómico francés Dieudonné tuvo que suspender algunos de sus espectáculos tras una sentencia del Consejo de Estado francés, máxima instancia administrativa en este país, por considerar que sus monólogos apelaban al "racismo y al odio".

"¡Merece que explote el coche de Patxi López!", "los Grapo eran defensa propia ante el imperialismo y su crimen", o "pienso en balas que nucas de jueces nazis alcancen" son ejemplos de las rimas que han llevado al rapero Hasél a ser condenado por, al igual que Dieudonné o Lhaqed, por sobrepasar los límites de la libertad de expresión.

Los magistrados Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Antonio Díaz Delgado, destacaban en la condena contra Hasél que la principal prueba de cargo ha sido su declaración incriminatoria, ya que él mismo en el juicio hizo reconocimiento expreso de la autoría de sus canciones y su defensa por "su libertad de expresión y de creación artística".

Sin embargo, sentencias como esta abren el debate sobre cuáles son los límites de este derecho, recogido en el artículo 20 de la Constitución Española, que protege "el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción".

En declaraciones a EFE, el portavoz de Jueces para la Democracia Joaquim Bosch asegura que, a pesar de no conocer la sentencia y que no pretende valorarla, en este tipo de situaciones "es necesario estudiar caso por caso" y no "hacer una ponderación extensiva".

Esto es, según Bosch, valorar la magnitud del caso y estudiar si el acusado está tratando de hacer "apología como incitación" o simplemente una "crítica política", algo así como un "desahogo" que a menudo aparece en las redes sociales y que establece unas líneas rojas que, en ocasiones" pueden resultar "bastante difusas".

"Hay que tener en cuenta que el Derecho Penal es la última herramienta del Estado", concluye Bosch, por eso recomienda acercarse a casos como este con "bastante prudencia", pues no es lo mismo una "reacción social" que una intención "real" de enaltecimiento del terrorismo.

Hásel, que no cumplirá la pena de cárcel al no tener antecedentes penales, denunció la sentencia asegurando que "no pueden decirme a quién admirar o no, como si es al PCE o a los GRAPO" y afirmó que no es un delito "pasar líneas molestas para el poder".