El grupo de ERC-IU-ICV ha presentado una iniciativa para despenalizar las injurias a la Corona, atendiendo al criterio utilizado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia que ha considerado desproporcionada la condena impuesta a Arnaldo Otegi por llamar al Rey "jefe de los torturadores".

Se trata de una proposición de Ley Orgánica para la reforma del Código Penal que han registrado conjuntamente los portavoces en el Congreso de ERC, Joan Ridao; IU, Gaspar Llamazares, y de ICV, Núria Buenaventura.

La reforma normativa que proponen consta de un único artículo, que establece la supresión de un apartado del artículos 490 y de todo el artículo 491 del Código Penal.

El punto 3 del 490 establece que "el que calumniare o injuriare" al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina o al Príncipe, sea "en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas", será castigado con seis meses a dos años de prisión si la calumnia o injuria fueran graves, y con multa de seis a doce meses si no lo son.

El artículo 491 consta de dos apartados, el primero de los cuales dice que las calumnias e injurias tipificadas en el anterior, fuera de los supuestos previstos, serán castigadas con multa de cuatro a veinte meses.

Prevé el segundo punto multa de seis a veinticuatro meses a quien "utilizare la imagen" del Rey, sus ascendientes o descendientes, la Reina o el Príncipe "de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona".

Todos estos preceptos legales desaparecerían del Código Penal si la propuesta de ERC-IU-ICV fuera aceptada por la Cámara.

Incluye la iniciativa una exposición de motivos en la que remarca que los comportamientos castigados "no son normas protectoras del honor individual" y donde plantea como "más que discutible" la necesidad de proteger el honor o el prestigio de las instituciones.

Y en este sentido recuerda que el Código Penal eliminó el viejo delito de desacato, una supresión "saludable", según los firmantes, que no alcanzó a las injurias a la Corona.

"La protección penal del prestigio de la Corona resulta desproporcionada en tanto en cuanto las sanciones penales y, especialmente, la privación de libertad, no son ni necesarias ni adecuadas a tal fin", afirman.

Para sustentar sus argumentos, el grupo de ERC-IU-ICV invoca una sentencia del Tribunal Constitucional y subraya que "cuando una institución sometida al sistema democrático necesita afianzarse acudiendo a la represión penal de la crítica que se le dirige, sencillamente, deja de ser reconocida como institución propia de un sistema democrático".

También trae a colación el derecho a la libertad de expresión recogido entre los Derechos Humanos y, en particular, la reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo sobre la condena por injurias al dirigente "abertzale" Arnaldo Otegi.

Así, recuerda que este tribunal cita una declaración sobre la libertad del discurso político en los medios de comunicación aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en 2004.

En esta declaración se ven como incompatibles con la libertad de expresión garantizada por el artículo 10 de la Convención de Derechos Humanos los privilegios de algunos ordenamientos jurídicos a figuras políticas o funcionarios del Gobierno respecto a la difusión en la prensa de opiniones sobre ellos.

También recuerda una resolución de 2007 del Parlamento Europeo en favor de la despenalización de la difamación, en la que se insta a los estados europeos a suprimir las penas por este delito.