EFE. MADRID
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 30 a 22 años y medio de cárcel la condena a dos miembros de los Grapo, Israel Clemente y Jorge García Vidal, por herir al director de una sucursal bancaria de Castellón tras retenerle para atracar la caja, en 2006, al considerar que la pena impuesta no estaba motivada. Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que estima los recursos que los dos acusados interpusieron contra la dictada por la Audiencia Nacional en noviembre de 2008. En concreto, los grapos fueron condenados a 11 años de prisión por un delito de atentado con resultado de detención ilegal, a 3 años por el de tentativa de robo terrorista y a otros 16 por atentado con resultado de muerte en grado de tentativa. Pero ahora el Alto Tribunal concluye que la sentencia de la Audiencia "adolece de falta de motivación de forma grave en lo referente a la fijación de la pena por el homicidio intentado".
El TS concluye que no se ha explicado el porqué se ha escogido un número concreto de años, por lo que para evitar las dilaciones que se producirían si acordara devolver la causa a la Audiencia impone el mínimo legal, 10 años por dicho delito.
Atraco a un banco
Además, tampoco considera correcto por falta de motivación que se condene de forma separada por robo (tres años) y detención ilegal (once años). "Ignoramos las razones del porqué de esas concretas penas", añade el TS, que impone por estos delitos una única pena de 12 años y medio de cárcel. Los hechos tuvieron lugar el 16 de marzo de 2006 cuando los acusados, junto a otra persona no identificada, formaban parte de un "comando" del GRAPO y decidieron atracar una sucursal de Bancaja en Castellón con el fin de obtener dinero para la banda. Durante el juicio, los acusados reconocieron ser miembros del GRAPO y admitieron haber cometido el atraco porque querían "recuperar" fondos del banco por las "inmensas riquezas que las entidades bancarias tienen que pertenecen a los trabajadores".