Justicia > 'Caso Gürtel'

Los jueces valencianos archivan el caso de los trajes de Camps

Francisco Camps, respiró ayer aliviado. El TSJ de Valencia ha archivado la causa contra el presidente de la Generalitat puesto que considera que no tiene por qué existir relación directa entre los trajes que recibió como regalo y la concesión de contratos millonarios a la empresa Orange Market. El PSOE recurrirá el fallo

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Francisco Camps durante su comparecencia ayer ante la prensa
Francisco Camps durante su comparecencia ayer ante la prensa EFE
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EFE. VALENCIA La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) considera que "no existe relación directa entre el pago de prendas" y los "agasajos" que pudieron recibir los imputados por el 'caso Gürtel' y la adjudicación de contratos públicos a la empresa Orange Market. Este el principal argumento esgrimido por la Sala para acordar el archivo de la causa abierta por un delito de cohecho pasivo contra el president de la Generalitat, Francisco Camps, el secretario general del PPCV, Ricardo Costa, el ex vicepresidente del Gobierno valenciano Víctor Campos y el ex jefe de gabinete de la Conselleria de Turismo Rafael Betoret. El presidente valenciano respira tranquilo tras casi seis meses en el punto de mira de los tribunales.
Camps realizó una declaración institucional por la tarde en la que manifestó su "respeto" por la decisión judicial que sobresee su imputación. El presidente de la Generalitat Valenciana afirmó su "obligación, convicción y compromiso" adquirido con la Comunitat Valenciana y con España le harán seguir trabajando ahora "y en los próximos años" por la prosperidad del pueblo valenciano y de los españoles. Asimismo, expresó su "agradecimiento a todas las personas que estos meses" han estado a su lado, "tanto en la Comunitat Valenciana como en toda España".
El auto, que incluye un voto particular y en sentido contrario de uno de los tres magistrados que componen la Sala, explica que debe existir una "conexión causal" entre la aceptación de "dádivas o regalos" y "la función de la autoridad" que lo recibe. Según esta premisa, la Sala cree que los imputados no tenían "ninguna relación o competencia respecto de la adjudicación de contratos ofertados por la sociedad Orange Market, no constando tampoco actuación alguna favorecedora de la misma, ni, en todo caso, que tales obsequios lo fueran por agradecimiento y añade: "No existe relación directa entre el pago de las prendas y los concretos actos de contratación realizados por las autoridades y funcionarios de cada uno de los organismos que decidieron la contratación de Orange Market", y tampoco "hay constancia de que los agasajos fueran la causa determinante de esa concreta adjudicación", explica la sentencia.
Contra este fallo se puede presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero únicamente contra el pronunciamiento que afecta a los cuatro imputados.

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