No tiene suerte el Ayuntamiento de Murcia con los restos arqueológicos que aparecen en la ciudad, bien en edificios privados o en suelo público. Si los de San Esteban llevan más de un lustro al aire libre (aunque parece que ya se ve su recuperación más cercana), los que aparecieron en Santa Eulalia con la construcción de unas viviendas en régimen de cooperativa van a costar a las arcas municipales un dinero extra.

La Administración local ha sido condenada a pagar 83.393 euros a la cooperativa que promovió esas casas en concepto del IVA correspondiente a la cesión que hizo esta empresa al patrimonio público de una de las zonas que contenían los restos de muralla y de otros elementos árabes. Según consta en el expediente que se ha aprobado en junta de gobierno, y al que ha tenido acceso esta Redacción, el caso se remonta al 2011, cuando se ejecutó la construcción del bloque de pisos.

Una de las condiciones impuestas a la cooperativa para la concesión de la licencia de obras era que «una vez terminada la construcción del edificio se transmitieran a favor del Ayuntamiento la planta sótano y el local número tres en planta baja. El motivo que justificaba la cesión era que en la planta sótano se encuentran unos restos arqueológicos de interés relativos a partes de la muralla medieval, necrópolis y revellín, con declaración de BIC -Bien de Interés Cultural- y de obligada conservación, según la resolución del Servicio de Patrimonio Histórico de la dirección general de Cultura. El número 3 se cedía por constituir una superficie diáfana desde la que se pueden contemplar los restos arqueológicos».

El Ayuntamiento consultó a una asesoría tributaria externa sobre si esta cesión estaba sujeta al pago de IVA debido a que la promotora de las viviendas creía que sí y que debía abonarlo la Hacienda local. La cooperativa incluso llegó a realizar una reclamación económica ante el Tribunal Económico Administrativo de la Región, en la que ponía de manifiesto que la Administración local debía liquidar el IVA que había sido girado a la cooperativa por parte de la Agencia Tributaria.

El expediente administrativo del 12 de diciembre que fue a junta de gobierno indica que el Tribunal Económico Administrativo de la Región resolvió en noviembre de 2016, estimando la reclamación de la cooperativa y obligando al Ayuntamiento al pago de esos más de 83.000 euros. Sin embargo, los servicios jurídicos municipales pusieron en cuarentena esa resolución y acudieron a los tribunales para poner un contencioso-administrativo solicitando la suspensión del fallo del Tribunal Económico Administrativo de la Región. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) emitió un auto en mayo de 2017, en el que indicaba que corresponde al Ayuntamiento de Murcia el pago del IVA.

La junta de gobierno municipala aprobó hace unos días acatar la sentencia y pagar.