La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre que pretendía que le rebajaran la pensión de 375 euros mensuales que tiene que pagar como pensión de alimentos para su hija porque esta vive en un país de menor nivel de renta que España. La sentencia confirma así la dictada por el Juzgado de Familia de Murcia, que, en junio de 2016, y a instancia de su exmujer, procedió a modificar varios extremos de los acordados cuando se produjo el divorcio de la pareja. El régimen de visitas con el padre será el que ambos pacten, cuando la hija sea mayor de edad.