La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado la condena de tres años y medio de cárcel impuesta por un Juzgado de lo Penal de Lorca que condenó a un hombre que escaló hasta un primer piso para robar y que aseguró que trepó hasta la vivienda porque escuchó un grito de socorro y por si tenía que prestar sus auxilios.

El Juzgado, en la sentencia que ahora se revoca en parte al reducir la pena a ocho meses de cárcel, declaró probado que los hechos ocurrieron a primeras horas del 26 de mayo de 2012, cuando el acusado, que había sido condenado dos años antes por otro robo, llegó entrar en el domicilio a través del balcón, que estaba abierto, y se apoderó de joyas que fueron tasadas en 605 euros.

El denunciado fue sorprendido por la dueña, que dormía en esos momentos, y al verse descubierto, abandonó la vivienda por la puerta principal, llevándose consigo las alhajas, por las que su propietaria no reclamó indemnización alguna.

Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia, con ponencia de la magistrada Concepción Roig, fija la pena en ocho meses de prisión al considerar que el robo quedó en grado de tentativa.

Para ello, modifica el relato de hechos probados fijados por el juez de lo Penal para admitir que el acusado llegó a trepar hasta el balcón, pero que no se ha demostrado que, finalmente, accediera al interior de la vivienda.

Dice el tribunal que la ausencia en el juicio de la perjudicada, cuyas declaraciones hechas durante la instrucción del caso no fueron introducidas en la vista oral, ha privado a los jueces de conocer si el robo quedó consumado o no.

Lo que no se cree la sala es la alegación del acusado, que aseguró que escaló hasta la casa al escuchar el grito de una persona que pedía socorro.

Por el contrario, coincide con el Juzgado en que su verdadera intención era la de robar.