La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región ha desestimado el recurso presentado por una mutua contra la sentencia que la condenó a pagar una pensión mensual equivalente al 55 por ciento de la base reguladora al empleado de un taller declarado incapaz por no poder soportar los ruidos. El Juzgado de lo Social declaró probado que la situación del demandante era constitutiva de una invalidez permanente total para su labor, derivada de enfermedad profesional. Al desestimar el recurso, la Sala dice que la convicción creada en el Juzgado de instancia tras analizar todas las pruebas e informes aportados al proceso no puede ser sustituida por otra que no esté basada en documentos emitidos por profesionales de superior especialización y cualificación científica. Además, indica que no debe olvidarse que el Juzgado alertó del riesgo de sordera al que se expondría al trabajador y seguía en ambientes ruidosos.