De espaldas al significado del lema latino «Priscas novissima exaltat et amor» que enjoya nuestro escudo municipal, el alcalde Ballesta abandera unas celebraciones que se atienen al confuso enunciado «Concejo de Murcia 1266-2016». Con tan subliminal mensaje su verdadera pretensión es propalar la absurda idea de que ahí se pone en marcha el reloj de la historia de la Murcia actual.

Una verdadera bomba de relojería que puede estallarle en las manos, si es que no le ha estallado ya, se me antoja su intención de «declarar el 14 de mayo día de la ciudad por su 750 aniversario», que es el del Consejo, precedente del Ayuntamiento que él preside, según su particular interpretación de los hechos.

¡Toma higos, Pepa! ¿Y por qué no el 1 de mayo, día de feliz recordación en que se entregó al infante don Alfonso el alcázar de la ciudad de Murcia con su plaza y alfoz y el resto de las poblaciones acordadas en el Tratado de Alcaraz (1243)?

En política, todo vale, porque el fin justifica los medios. En Historia, no.

Alcaraz (tan cerca, tan lejos) es el punto de partida. Veintitrés años que no merecen ser arrojados a la papelera. Por el tratado de su nombre (del que el alcalde Ballesta no quiere ni oír hablar) el reino hudita de Murcia pasó en bloque a la corona de Castilla «con la ciudad de Murcia e todos sus castillos que son desde Alicante fasta Lorca e fasta Chinchilla».

Con la sucesiva entrega del resto de plazas acordadas, más Lorca y Mula (1244) y Cartagena (1245), se consumó la plena incorporación (1243-1245) del emirato hudita como reino vasallo al de Castilla.

Lo que obligó a poner en marcha la maquinaria para su administración. Idea subyacente en lo que se ha venido destacando como «los orígenes del Estado moderno», que se inicia en tiempos del rey Fernando III y se acelera en los de Alfonso X.

El monarca otorga fueros, derechos, franquezas, privilegios a todas las ciudades, villas y concejos del reino murciano. Y, en ausencia suya, ostentan su representación parientes, nobles, caballeros, ricos omes, etc.

Luego, a partir de un documento del 22-1-1253, ya aparece confirmando Garci Suárez como merino mayor en el reino de Murcia. Tres años después (Vitoria, 15-1-1256), el rey se dirige a Berenguer de Moncada, «o quien quier que sea», como almojarife de Murcia, ordenándole respetar la exención de portazgo concedida a los vecinos de Alicante.

Dichas autoridades propiciaron el asentamiento de cristianos en el arrabal de la Arrixaca y su organización en forma de concejo urbano con el fin de regir la vida común de los avecindados. ¿Y de la cantiga CLXXVIII alfonsí que de ello trata que se fizo, do fue a parar en la desmemoriada memoria del alcalde Ballesta que ni la recita en romance ni en panocho para instrucción del común?

Desde Lorca (4 de marzo de 1257) el rey manda un escrito a los concejos de Alicante, Cartagena, Mula, Murcia y de todos los otros lugares del reino en los que residiesen cristianos. Cuyo texto reza así: «A los conceios de Carthagena et al de Murcia, et al de Mula et al de Alicante, etc.». Y un día después, dirige otro «a los pobladores cristianos de Murcia, poseedores de tierra, y a los concejos, alcaides de los castillos, arrendadores y almojarifes, etc.».

En el primer semestre de 1257, el monarca mandó repartir cuatro mil tahúllas entre los pobladores de la llamada Murcia la Nueva (cristianos asentados en el arrabal de San Juan). Pruébalo así el escrito dado en Elche, a 25 de junio siguiente, concediendo al concejo de Murcia el heredamiento de Las Condominas: «do et otorgo al concejo de Murcia la nueua, a los que agora hy son moradores, el heredamiento que ha nombre Las Condominas».

Un año después, el rey nombra como primer adelantado del reino a don Juan García de Villamayor, primero, y al infante don Manuel, después. Con sede estable en la ciudad de Murcia, para su leal administración.

Consecuentemente: orillada la celebración de los 750 años de la toma de Murcia por Jaime I, tres asuntos de capital importancia histórica cumple celebrar en este año: la concesión del fuero a la ciudad (14-V-1266), del mercado semanal en jueves (18-V-1266) y de la feria anual (19-V-1266). El fuero, que no el huevo. Pues confundir fuero con concejo es un dislate que sólo puede ocurrírsele a quien va por la vida de Faro de Alejandría sin tener su luz ni su biblioteca.

Un fuero es una norma de ordenamiento. Y el concejo, su órgano ejecutor. El rey no otorga ex novo el fuero a los pobladores de Murcia para que hayan concejo, sino para que el concejo de la ciudad se acomode a las normativa castellana que se va consolidando en todas las plazas reconquistadas.

Por una de las disposiciones del fuero, se confiere al concejo el derecho a tener sello propio, sin especificar su imagen.

Conviene remarcar esto, porque incurre en el vicio de «uso indebido» el logotipo elegido por el ayuntamiento de Murcia para promocionar los actos en curso: una simplificación del sello real que en las redes sociales ya se está difundiendo como sello concejil.

Dicho sea a la vieja usanza, si nuestro actual merino Ballesta persiste en confundir las churras con las merinas... por mor suyo... la ciudad de Murcia lleva camino de quedar ante la Historia a la altura de un perro sentado en un gua.