La acusada actuó «en clara venganza», se puede leer en la sentencia. Y lo hizo, prosigue el documento, porque ella una vez ya se fue de su casa, debido a los problemas de convivencia que tenía con su madre. Años después, y obligada a convivir de nuevo con su progenitora, ya anciana, «comenzó a ponerle trabas para obligarla a marcharse».

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia que condenó a una mujer a la pena de 18 meses de prisión por un delito contra la integridad moral por tener encerrada a su madre.

La víctima, de 81 años de edad, incluso recibía la comida que le preparaba su cuidadora a través de un balcón. Y no sólo eso. Su hija, según se lee en la sentencia, se dirigía a ella «en términos humillantes», le impedía salir y entrar libremente de su vivienda (ubicada en Santiago el Mayor) y hasta cambió la cerradura y se negó a darle una copia de la llave.

En su defensa, la acusada indicó que no le había dado copia de las llaves a su madre debido a que era una persona de edad muy avanzada, pero que en todo momento estaba pendiente de ella.

Asimismo, la acusada también dejó caer que no se fiaba de la cuidadora, una vecina del barrio que carecía de cualificación para ocuparse de una anciana.

Todos los actos contra su madre los llevaba a cabo, según se explica en la sentencia, porque por ley no podía echar a su madre de la casa: la señora era usufructuaria de la misma.

En el marco de esa actitud de venganza, «llegó a impedir que entrara en la vivienda la señora que atendía a su madre, la cual tenía que preparar a esta la comida en su cercano domicilio y entregársela a través del balcón».

La cuidadora declaró, según se refleja en la sentencia, que la perjudicada, a sus 81 años, «tenía que agacharse para coger la comida en el balcón, que se encontraba mal por no poder salir de la casa con ella a pasear o, simplemente, cuando quisiera, y que los gritos de su hija, la acusada, hacia su madre eran continuos».

El 17 de febrero de 2011 la acusada mantuvo una fuerte discusión con su madre, «en la que la zarandeó y la sentó sin llegar a agarrarla del cuello", destaca la sentencia, aunque aclara que este episodio "no tiene entidad suficiente para ser sancionado con independencia del delito contra la identidad moral".

La sentencia, a la que ha tenido acceso LA OPINIÓN, relata que «los enfrentamientos entre madre e hija eran continuos», al tiempo que destaca que «habían llegado a un punto que impedía que la acusada la atendiese, a pesar de tratarse de una anciana insulinodependiente y con déficit de movilidad, pero con la cabeza muy bien». Prosigue que «pese a la edad y a la evidente dependencia, la dejaba sola y, lo que es más grave a juicio de la sala, encerrada con llave, sin poder salir ni entrar».

Sin poder salir ni entrar

«Para mesurar la gravedad de tal comportamiento, baste pensar que, en el caso de un accidente doméstico, como un incendio, no podía salir del inmueble. Y todo ello a pesar de reconocer en el plenario la acusada que su madre tenía reducida su movilidad», subraya la resolución de la Audiencia.

Ahora, la sentencia, estima en parte el recurso de la acusada y anula la pena de sesenta días de trabajos comunitarios que igualmente le fue impuesta por el delito de malos tratos familiares. La Audiencia Provincial de Murcia confirma la pena impuesta por el delito contra la integridad moral, pero anula la relativa a los malos tratos familiares al considerar que los mismos se pueden considerar incluidos en aquel. Contra esta sentencia no cabe recurso.