La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por dos jóvenes contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que los condenó por maltratar a sus novias en una discoteca tras haberlas visto hablar con otros chicos.

La sentencia señala que el Juzgado de lo Penal declaró probado que los hechos se produjeron en la madrugada del 30 de noviembre de 2014 en una discoteca ubicada en Murcia, en la que los acusados se encontraban con sus respectivas parejas.

"Dado que estas habían estado hablando con otros chicos, los acusados comenzaron a agobiarlas, arrinconándolas, contra su voluntad; a una de ellas, contra la escalera, y a la otra, contra la pared, cogiéndolas por los brazos para que no se fueran, además de zarandearlas".

La sentencia añadía que los acusados se acogieron a su derecho a no declarar contra ellos mismos, mientras que las jóvenes hicieron uso de su derecho a no declarar contra los denunciados.

El Juzgado fijó la condena, para cada uno de los acusados, en tres meses de prisión, como autores de un delito de malos tratos por violencia de género.

En su apelación ante la Audiencia Provincial, que no ha prosperado, los condenados negaron ser pareja de las jóvenes, además de exponer que los hechos, a lo sumo, solo serían constitutivos de una falta de lesiones.