La lucha de las pedanías iniciada hace casi dos años en contra del cobro de la tasa de vados a aquellos vecinos que tenían la acera rabajada, incluso aunque no utilizaran la parte baja de la vivienda para meter el coche, puede dar un salto cualitativo. El Ayuntamiento inició en su día una campaña de inspección, que contribuyó a que 16.000 familias de los pueblos que antes no pagaban este tributo tuvieran que comenzar a abonarlo.

Y no sólo eso, también se les giraron una sanción y cuatro años de atrasos. Los inspectores levantaron acta de todas aquellas viviendas de pedanías que disponían de un bajo cerrado con una persiana y tenían la acera rebajada, presuponiendo que esa construcción era utilizada como garaje. Esta campaña motivó un aluvión de recursos ante la concejalía de Hacienda, en los que los vecinos perjudicados sostenían que no lo usaban para meter el coche y que es un cierre muy habitual en zonas de pedanías (el poner una persiana al bajo de la vivienda),

La Concejalía no dio marcha atrás. Sin embargo, ahora la situación puede cambiar. El pedáneo y presidente de la junta vecinal de Javalí Viejo, el socialista José Francisco Navarro, ha presentado un escrito al Ayuntamiento amparándose en una sentencia dictada por el Tribunal Supremo sobre un caso de la población catalana de San Quirce del Vallés, que fue ganado por los vecinos de esa localidad en un juzgado ordinario de Barcelona, pero que el ayuntamiento de San Quirce recurrió en casación.

La resolución del Supremo es de 2007 y el pedáneo de Javalí Viejo cree que los argumentos que contiene son válidos hoy en día y dan en la diana del asunto. «Por el simple hecho de tener rebajada la acera no estás obligado a pagar la tasa de vados», explicó. En la sentencia, a la que ha tenido acceso esta Redacción, se especifica que la tasa debe imponerse cuando «se produzca la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, en concreto, en las entradas de vehículos a través de las aceras, sin distinguir que tales aceras estén o no elevadas sobre el nivel de la calzada, factor de mero detalle arquitectónico o de ornato de la calle, que no puede determinar que se imponga o no la tasa». Navarro en su escrito exige además que «se anule la retroactividad y se proceda a la devolución de oficio de las cantidades indebidamente cobradas por este concepto» y que se tome conocimiento de que en caso de persistir en esta conducta, «se adoptarán las acciones legales oportunas para la debida defensa de los intereses de los ciudadanos de este municipio, incluidas las acciones penales que correspondan».