Una compañía aseguradora tendrá que afrontar la parte pendiente de devolución del préstamo que suscribió un cliente al haber sido declarado en situación de incapacidad como consecuencia del alcoholismo que padece. La sentencia estima así el recurso que el asegurado presentó contra la resolución de un Juzgado de Primera Instancia que rechazó su demanda.

En su demanda, el cliente alegó que debía cumplirse el contrato de seguro de vida que concertó en su día con la demandada, que garantizaba, entre otras coberturas, la invalidez absoluta y permanente, al haber sido declarado incapaz para todo tipo de trabajo.

Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia, al estimar la apelación, dice que incumbía a la demandada la carga de probar que sometió al demandante al correspondiente cuestionario.