Una mujer tendrá derecho a percibir la pensión por alimentos hasta este año, en que cumplirá 34 años de edad, porque la agorafobia que padece le impide desarrollar cualquier trabajo con normalidad, según se dispone en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso que la madre presentó en solicitud de que se revocara la resolución de un Juzgado de Primera Instancia que, en febrero pasado, aprobó el mantenimiento de la pensión por alimentos fijada por el juez en enero de 2013.

Esta última resolución judicial, que ahora se ratifica, determinaba que el importe de la pensión, fijado en 287 euros mensuales, regiría hasta junio de ese mismo año, ya que, a partir de entonces, la misma se iría reduciendo hasta quedar extinguida en 2015.

La madre apeló la sentencia del Juzgado de Primera Instancia en solicitud de que se mantuviera fijo el citado importe, sin sufrir, por tanto, minoración alguna.

Para ello, alegó que la agorafobia de su hija se había cronificado y que esta no estaba en condiciones de trabajar.

El tribunal de la Audiencia, al desestimar el recurso, señala que no se ha demostrado fehacientemente que la situación de la hija sea actualmente la relatada en la apelación y en el informe de una psicóloga.

Con relación a este último, comenta que la misma psicólogo reconoció "que su informe no descansa, básicamente, en datos objetivos, sino en lo que le manifestaron madre e hija; obviamente, cabe entender, que confiando en las mismas".