La Delegación del Gobierno en Murcia no podrá ejecutar la orden de expulsión decretada contra un inmigrante ilegal, sino que lo que deberá hacer es invitarle a que, de manera voluntaria, abandone España, según se indica en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). El fallo señala que en caso de no hacerlo dentro del plazo máximo de 30 días, la administración podrá adoptar las medidas necesarias para proceder a su expulsión, imponiéndole entonces la prohibición de entrada.

El TSJ estima así en parte el recurso que el afectado interpuso contra la sentencia de un Juzgado de Murcia, que respaldó la orden de expulsión por encontrarse irregularmente en España. En su apelación, alegó que consideraba desproporcionada la medida, puesto que tenía arraigo en España, por lo que consideraba que lo más justo habría sido la imposición de una multa. El TSJ señala que no había motivos para expulsarle y añade que se le debería haber «invitado a marcharse».