­La Audiencia Provincial de Murcia desestimó un recurso presentado por un hombre que pidió la supresión de la pensión alimentaria de su hija, al alegar que al ser mayor de edad no estaba obligado a ello. La sentencia ratificó así la dictada por el Juzgado de Familia de Murcia, que declaró improcedente la modificación. Afirmó la Audiencia, en una resolución que tiene como ponente al magistrado Juan Antonio Jover, que la joven está diagnosticada de trastorno disocial y que la pensión de 138 euros está muy por debajo «del mínimo vital de subsistencia». El tribunal concluyó que «el apelante no puede dejar a la madre la obligación total».